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Concepto Dogmático de Constitución



1. Perspectivas de análisis doctrinal de la Constitución

a. Aproximación estatalista. (Georg Jellinek. Teoría General del Estado de 1900). La Constitución esta determinada por el Estado. Incluso los derechos fundamentales contenidas en ella se explican por la idea de autolimitación. Son una autolimitación del Estado. Criticas. El Estado es una entelequia muy abierto el concepto que no se sabe de qué manera implementarlo y según Kelsen es la Constitución la que crea el Estado y no al contrario. Sin Constitución no hay órganos del Estado.

b. Aproximación jurídica. Kelsen (Teoría Pura del Derecho, Teoría General del Estado 1925). La constitución en sentido positivo es aquella norma que contiene los procedimientos y los órganos para producir otras normas. Criticas es neutral con relación a la idea política de Constitución

c. Aproximación política. Carl Schmitt (Teoría de la Constitución 1928). Constitución es una decisión política fundamental que logra la unidad de un estado. La decisión política fundamental se desarrolla en la Constitución y es la Constitución en sentido material (En la Constitución de Weimar de 1919: estado social de derecho, estado federal, división de poderes, protección de derechos). Las normas constitucionales que no contienen dicha decisión política fundamental serán Constitución en sentido formal o “leyes constitucionales” ej: normas colores de la bandera, normas administrativas contenidas en la Constitución (Leyes constitucionales sobre guardabosques).

d. Aproximación sociológica (Ferdinand Lasalle ¿Qué es una Constitución?) Son las fuerzas reales de poder y tiene que haber una correspondencia entre la Constitución real y formal. Si la Constitución formal no se corresponde con la real – material – será una “mera hoja de papel”.

e. Aproximación integracionista (Rudolph Smend y Hermann Heller). Se integran los aspectos políticos y la realidad con la Constitución. La Constitución es un plebiscito cotidiano que se renueva cada día. Formas en que se integra: interpretación, mutación constitucional, reforma a la Constitución. Nuestra definición de Constitución sería de cierta manera integracionista conjuga los elementos políticos (creada por el pueblo, división de poderes, protección de derechos) con elementos jurídicos (suprema y que establece los órganos y procedimientos para crear las demás normas del ordenamiento).

f. Aproximación Jurisprudencial. Se tiene en cuenta el rol que cumplen los jueces             en la  interpretación y aplicación de la Constitución como norma jurídica. En este                   sentido la           implementación de mecanismos de control de constitucionalidad, a              través del control           concentrado o difuso, en donde jueces, tribunales y cortes                 constitucionales, cumplen      el rol de interpretar  y aplicar las normas                               constitucionales, se convierte en el elemento   definitorio de la Constitución.

f. Aproximación Neoconstitucionalista.  (i) la norma constitucional es plenamente exigible ante los jueces; (ii) la Constitución esta compuesta en su mayoría de principios y no de reglas, (iii) el juez constitucional tiene alto grado de discrecionalidad en torno al derecho; (iv) Se presenta la llamada "internacionalización" del derecho constitucional; (v) se presenta la llamada "jurisprudencialización del derecho constitucional", (vii) autolimitación a través de modelos de decisión

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